Preguntas frecuentes

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Preguntas frecuentes

POCTEFA 2014-2020 es un programa europeo de cooperación territorial creado para fomentar el desarrollo sostenible del territorio fronterizo entre España-Francia y Andorra. El POCTEFA 2014-2020 se desarrolla en el marco de la política regional de la UE y, concretamente, en el ámbito de la Cooperación Territorial Europea. El periodo 2014-2020 constituye la quinta generación de apoyo financiero comunitario destinado a reforzar la integración económica y social de esta zona.

POCTEFA cofinancia proyectos de cooperación transfronteriza diseñados y gestionados por actores de ambos lados de los Pirineos y de las zonas litorales que participan en el Programa preservando el desarrollo inteligente, sostenible e integrador del territorio. El presupuesto del Programa proviene del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

El POCTEFA 2014-2020 cubre un territorio de 115.583 km2 que posee una población de 15 millones de habitantes.

El área de cooperación del Programa –también denominada zona elegible-, agrupa el conjunto de los departamentos y provincias próximas a la frontera franco-española y del territorio de Andorra.  Esta área de cooperación agrupa territorios de España (Bizkaia, Gipuzkoa, Álava/Araba, Navarra, La Rioja, Huesca, Zaragoza,  Lleida, Girona, Barcelona y Tarragona); Francia (Pyrénées-Atlantiques, Ariège, Haute-Garonne, Hautes Pyrénées, Pyrénées-Orientales) y Andorra (todo el territorio).

El presupuesto asignado al POCTEFA 2014-2020 es de 189,3 millones de euros provenientes del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER). De esta cuantía, 177.980.913 millones de euros se destinarán al desarrollo de proyectos transfronterizos. El presupuesto restante se emplea en cubrir el gasto de la asistencia técnica del Programa.

El presupuesto correspondiente a cada uno de los ejes en torno a los cuales se estructura el Programa es el siguiente:

  • Eje 1: Dinamizar la innovación y la competitividad: 49.843.656 €
  • Eje 2: Promover la adaptación al cambio climático y la prevención y gestión de riesgos: 28.476.946 €
  • Eje 3: Promover la protección, la valorización, el uso sostenible de los recursos locales: 48.054.846 €
  • Eje 4: Favorecer la movilidad de bienes y personas: 24.917.328 €
  • Eje 5: Reforzar las competencias y la inclusión en los territorios: 26.697.137 €

Los proyectos programados en cada uno de los ejes podrán recibir una financiación FEDER del 65% del total del presupuesto que presenta cada proyecto. En aquellos casos en los que existe la posibilidad de recibir Ayudas de Estado, el porcentaje de financiación FEDER puede variar.

El POCTEFA 2014-2020 se organiza a través de convocatorias de proyectos.

Los proyectos pasan primero por un periodo de instrucción en manos de la Secretaría Conjunta  en el que se verifica si son admisibles (se evalúa que cumplen con los criterios establecidos en la convocatoria) y se realiza la instrucción técnica.

Después los miembros del Programa valoran los proyectos de su territorio en los Comités Territoriales y el Transversal. A continuación, el dictamen de la SC y la valoración de estos comités son analizados en el Comité de Programación, que es la instancia con la competencia de programar los proyectos.

Puede consultar todos los detalles acerca de los órganos de los que depende el Programa aquí.

La Autoridad de Gestión del Programa es la Comunidad de Trabajo de los Pirineos. La gestión técnica corresponde a la Secretaría Conjunta, cuya labor está supervisada por el Comité de Seguimiento del Programa.

Puede consultar el apartado de contactos para conocer a los equipos que componen la Autoridad de Gestión y la Secretaría Conjunta del Programa.

Para obtener más información sobre cada uno de los órganos de gestión del Programa, pude consultar este enlace.

El partenariado de un proyecto debe estar formado como mínimo por dos socios, situados en la zona elegible y siendo al menos uno de ellos de un Estado miembro de los tres países que participan en el Programa (es decir, de España o de Francia).

Sólo las entidades jurídicas transfronterizas podrán participar como beneficiario único de la subvención FEDER en un proyecto.

No existe un número máximo de socios.

Sí. No hay límite, tanto para participar como jefe de fila como para ser socio

El Programa se dirige a los actores del sector público y privado de la zona de cooperación. Cuando estos actores se convierten en socios de un proyecto programado se les llama beneficiarios. Pueden ser beneficiarios organismos públicos, empresas, agencias de desarrollo, agrupaciones, asociaciones, fundaciones, cámaras de comercio o centros de enseñanza, entre otros tipos de entidades (ver los tipos de beneficiarios de cada Prioridad de Inversión del Programa).

Los socios situados fuera del Programa pueden participar si cumplen las siguientes condiciones:

  • Realizan sus actividades en beneficio de la zona elegible;
  • Son competentes en su ámbito de intervención (por ejemplo, ministerios).

En estos dos últimos casos, los beneficiarios deberán precisar el territorio de intervención (a nivel del departamento/provincia).

Andorra es uno de los tres países que participan en el POCTEFA 2014-2020 y forma parte de la zona elegible del programa, por lo que las actividades que allí se realizan son elegibles.

Sin embargo, dado que el Estado de Andorra no es un Estado miembro de la Unión Europea, los socios andorranos no pueden recibir fondos FEDER y tampoco pueden ser Jefes de Fila.

Las instituciones andorranas pueden ser socias del proyecto. En este sentido, el jefe de fila es responsable.

No.

Son estructuras que desean participar en el proyecto sin ser beneficiarias de la subvención FEDER. Estos socios asociados no tienen que cumplir las condiciones de acceso al partenariado de los beneficiarios. Únicamente los gastos de viaje y alojamiento de estos socios podrán ser asumidos y abonados directamente por uno de los beneficiarios del proyecto, cumpliendo las normas de elegibilidad de los gastos.

Es necesario que estos socios estén identificados en la candidatura con el objetivo de conocer su papel y el valor añadido que aportan al proyecto.

Se trata de una modalidad excepcional en la que un organismo tercero con convenio no forma parte del partenariado del proyecto pero ha establecido un convenio con uno de ellos en el marco de una operación de colaboración. Este convenio permite al beneficiario declarar sus gastos propios y también los asumidos por el organismo tercero con el que tiene establecido el convenio.

Si se prevé esta modalidad, los promotores de proyectos deberán obligatoriamente establecer contacto con la Secretaría Conjunta para verificar la pertinencia de recurrir a esta modalidad y beneficiarse así de una Asistencia Técnica indispensable para tratar esta cuestión. La existencia de terceros con convenios deberá indicarse y justificarse en la candidatura. Los convenios establecidos deberán facilitarse también en el momento de presentación del dossier o, a falta del mismo, en los 3 meses siguientes al depósito de la candidatura.

Además es imprescindible la lectura de la ficha B9 de la guía del promotor de proyectos.

El jefe de fila asume las responsabilidades legales y financieras del proyecto desde el inicio hasta el final de su vida.

Las funciones del jefe de fila son coordinar y dirigir al resto de socios desde el nacimiento de la idea del proyecto hasta el final de la vida del proyecto. Además es responsable del contenido y los compromisos incluidos en la propuesta del formulario de candidatura así como del convenio de partenariado. Sus responsabilidades y funciones concretas están descritas en el apartado C.4.2. de la Guía del promotor de proyectos.

Se ha creado una base de datos con información sobre beneficiarios potenciales de proyectos y/o personas interesadas en el Programa. Esta base de datos está a su disposición aquí. Cualquier usuario interesado en formar parte de esta base de datos podrá inscribirse a través del buscador.

Los gastos de preparación son subvencionables si cumplen las siguientes características:

  • tener fecha posterior al 1 de enero de 2014 (tanto de factura como de pago).
  • pertenecer a una de estas categorías:
  • Gastos de Personal
  • Gastos por servicios y conocimiento externos
  • Gastos de Viaje y alojamiento.

Además existe un límite en los gastos de acción de preparación. Ver ficha B5 de la guía del promotor de proyectos.

En general, son estas las categorías de gastos: gastos de personal, gastos de oficina y administración, gastos de viaje y alojamiento, gastos por asesoramiento y servicios externos, gastos de equipos, Infraestructuras y gastos de preparación.

Ver ficha B4 de la guía del promotor de proyectos.

El reembolso de los gastos personales se produce de forma diversa teniendo en cuenta sus características:

  1. costes reales. Para conocer como se realiza el cálculo de los costes reales puede consultar la ficha B1 de la Guía del Promotor de proyectos.
  2. cantidad a tanto alzado. Se calcula a partir de una cantidad a tanto alzado del 20% de los costes directos (que no sean gastos de personal ni de oficina o administrativos) con un límite de 200.000€ por socio del proyecto.

Para conocer más detalles sobre este supuesto puede consultar la ficha B.4.1.

El límite en la modalidad de reembolso de «a tanto alzado» es de 200.000€ por socio del proyecto.

El límite en la modalidad de costes reales depende de cada convocatoria. En la primera convocatoria fue del 50%.

Se aplican tres niveles de reglamentación a la elegibilidad de los gastos en el marco de todos los programas INTERREG:

  1. Los reglamentos de la UE.
  2. Las reglas del Programa: reglas suplementarias de elegibilidad de los gastos establecidas por el Comité de Seguimiento del Programa. Pueden ser diferentes de una convocatoria a otra.
  3. Las reglas de elegibilidad nacionales: se aplican si las reglas de elegibilidad de los anteriores no establecen reglas específicas.

Es decir, sí; deben respetarse las leyes españolas o francesas en función de quién sea el responsable de la licitación.

Para conocer todos los detalles relativos a esta cuestión consulte la Guía de contratación pública.

La financiación total del proyecto se organiza teniendo en cuenta los planes financieros que cada beneficiario tiene la obligación de presentar. El plan financiero de cada beneficiario de un proyecto constará del:

  • 65% FEDER (salvo en el caso de Ayudas de Estado)
  • 10% mínimo de autofinanciación por cada beneficiario (máximo del 35%)

Cofinanciación. En caso de que la autofinanciación no llegue al 35% el beneficiario deberá contar con una cofinanciación que podrá ser pública o privada:

  • cofinanciación pública: deben aparecer en el plan de financiación.
  • cofinanciación privada: no debe aparecer en el plan de financiación porque se consideran autofinanciación.

En el POCTEFA es obligatorio un mínimo del 10% de autofinanciación de cada beneficiario. La autofinanciación se calcula descontando el FEDER y las cofinanciaciones.

La cofinanciación por socio, por tanto, puede ser de un máximo del 25%.

Encuentre más información en el apartado B.2 de la Guía del promotor de proyectos.

Toda la información sobre las Ayudas de Estado aparece explicada de forma exhaustiva en los apartados B.6 y B.6.1 y B.6 de la Guía del promotor de proyectos.

Todos los socios de proyectos de POCTEFA deberán rellenar de forma obligatoria el Formulario de autoevaluación de Ayudas de Estado.

Puede consultarlo en el apartado D.8. de la Guía del Promotor de proyectos.

Antes de preparar un proyecto es imprescindible leer los siguientes documentos:

Para conocer cuándo está disponible este texto siga la actualidad de esta página web o consulte nuestras páginas en Facebook y Twitter.

En construcción

En construcción

La duración del proyecto no debe superar los 3 años.

Los proyectos nacen con el objetivo de encontrar soluciones a problemas identificados. La lógica de intervención del proyecto tiene que demostrar la manera de conseguir solucionar ese problema identificado. Tiene que reflejar la situación actual, sus causas principales y el cambio que el proyecto pretende lograr mediante la puesta en marcha de las acciones previstas. También tiene que indicar qué impacto tendrá ese cambio.

Para conocer toda la información acerca de esta cuestión puede consultar el apartado C.4.3. de la Guía del promotor de proyectos.

No. Un proyecto solo puede elegir un eje, una prioridad y un solo objetivo específico dentro de ese eje. El formulario de candidatura no permite elegir más de uno.

La comunicación debe ayudar a los proyectos a lograr sus objetivos y garantizar la transparencia del uso de los fondos de la UE. Las actividades de comunicación son una parte importante de la ejecución del proyecto y por tanto requieren una planificación minuciosa así como recursos adecuados.

En particular, la comunicación del proyecto tiene que enfocarse en lograr que sus públicos definidos así como el público general conozcan los resultados y logros del proyecto.

Para desarrollar de forma correcta las exigencias de comunicación del Programa puede consultar la Guía de Comunicación del Programa.